jueves, 2 de agosto de 2012

Desde un punto de vista diferente


“Cualquier acto efectuado o no, realizado por individuos, por instituciones, o por la sociedad en su conjunto y todos los estados derivados a estos actos o de su ausencia, que privan a los niños de su libertad o de sus derechos correspondientes y/o dificultan su óptimo desarrollo, constituyen por definición lo que se denomina maltratos”

El maltrato, supone la existencia de un bebé, un niño, adolescente o joven, privado de dignidad, libertad y/o afecto, no supone necesariamente la realidad de un niño golpeado.
En la categoría de maltratos debemos incluir la violencia física denominadas así a las lesiones ocasionadas como hematomas, quemaduras, fracturas, lesiones en la cabeza, daños abdominales, etc. Pero no queda excluido todo acto u omisión que Agreda la persona integra del menor.

También existen situaciones en los que el maltrato es emocional, y se lesiona al menor verbal o afectivamente.

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